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  2. Política RUO

En esta página

  1. 1. Introducción
  2. 2. Origen del estatus RUO
  3. 3. Definiciones operativas
  4. 4. Alcance de la política
  5. 5. Statement RUO Novarik
  6. 6. Usos permitidos
  7. 7. Usos prohibidos
  8. 8. Elegibilidad del comprador
  9. 9. Verificación de elegibilidad
  10. 10. Estado regulatorio de los productos
  11. 11. Cumplimiento regulatorio internacional
  12. 12. WADA y deporte regulado
  13. 13. Responsabilidades del comprador
  14. 14. Consecuencias del incumplimiento
  15. 15. Relación con Términos y Privacidad
  16. 16. Modificaciones
  17. 17. Contacto

Política RUO (Research Use Only)

Última actualización: 07 may 2026 · Versión: 1.0 · Vigente desde: 07 may 2026

1. Introducción

RUO es la abreviatura inglesa de Research Use Only: uso exclusivo para investigación. Es la categoría que la industria utiliza para describir compuestos químicos y biológicos producidos con destino a laboratorio, sin aprobación regulatoria para uso humano, veterinario, alimenticio, cosmético, terapéutico ni diagnóstico.

La presente política describe el alcance de ese estatus para los productos comercializados por Novarik LLC, sociedad de responsabilidad limitada constituida bajo las leyes del Estado de New Mexico, Estados Unidos de América (en adelante, «Novarik»), y traduce ese alcance en obligaciones concretas para los compradores, las instituciones de investigación, los distribuidores autorizados y todos los agentes con acceso al producto.

Novarik publica este documento como compromiso explícito con la investigación responsable. La política RUO no es un trámite formal: es la base que ordena qué se puede hacer con los productos, qué no, qué declara el comprador al adquirirlos y qué consecuencias acarrea apartarse de ese marco. Su cumplimiento es condición esencial de cada operación.

Este documento se complementa con los Términos y Condiciones (en particular, su sección 3 sobre la naturaleza de los productos) y con la Política de Privacidad de Novarik. La interpretación de las cláusulas que siguen se realiza de manera coherente con ambos documentos.

2. Origen del estatus RUO en péptidos research-grade

La categoría RUO tiene su origen formal en la regulación de productos de diagnóstico in vitro de los Estados Unidos. La Food and Drug Administration (FDA) la describe en el Code of Federal Regulations, Título 21, parte 809, sección 10, y la profundiza en su guía oficial «Distribution of In Vitro Diagnostic Products Labeled for Research Use Only or Investigational Use Only», vigente desde 2013. En ese marco, RUO identifica productos que están en fase de investigación de laboratorio, que no se representan como dispositivos diagnósticos efectivos y que llevan un etiquetado prominente indicando su uso restringido.

Existe, sin embargo, una brecha conceptual relevante: el régimen RUO de la FDA fue construido sobre productos de diagnóstico in vitro, no sobre péptidos sintéticos para investigación bioquímica o farmacológica. Para los péptidos, el estatus RUO se aplica por analogía y por estándar de industria, no por una categoría regulatoria FDA específica para esta clase de compuestos.

Los referentes que articulan ese estándar de industria son los proveedores históricos del segmento research-grade: Sigma-Aldrich (Merck), Tocris Bioscience (Bio-Techne), Cayman Chemical y Bachem, entre otros. Todos ellos sostienen, con variaciones de redacción, una misma frase declarativa de uso restringido a investigación científica, sin pretensión de uso humano ni diagnóstico.

Esta política se inscribe en esa tradición. Novarik adopta el estatus RUO como compromiso contractual y como criterio operativo, con plena conciencia de que su valor protector depende de su coherencia con la conducta comercial real de la empresa y con el comportamiento del comprador.

3. Definiciones operativas

Para efectos de este documento se aplican las siguientes definiciones, alineadas con las contenidas en la sección 2 de los Términos y Condiciones cuando corresponda:

  • Novarik: Novarik LLC, entidad descripta en la sección 17.
  • Política RUO: el presente documento, en su versión vigente al momento de cada operación.
  • Producto: cualquier compuesto, péptido, agua bacteriostática u otro material de grado investigación ofrecido en el catálogo de Novarik.
  • Comprador: persona física mayor de edad o persona jurídica que adquiere o intenta adquirir un producto de Novarik.
  • Investigador calificado: profesional con formación técnica acreditada, infraestructura adecuada y propósito de investigación científica documentable.
  • Entidad de investigación: institución académica, laboratorio independiente, empresa de biotecnología u organización con actividad de investigación científica documentable.
  • Investigación científica: actividad metodológica orientada a la generación o validación de conocimiento mediante observación controlada, experimentación, medición y reporte verificable. Para esta política, la auto-experimentación encubierta y el uso individual con fines de bienestar personal no constituyen investigación científica.
  • Statement RUO canónico: la declaración bilingüe contenida en la sección 5 que identifica el uso restringido del producto y rige tanto el etiquetado físico como las condiciones contractuales de la operación.
  • IACUC u órgano equivalente: el Institutional Animal Care and Use Committee de los Estados Unidos o cualquier comité de ética institucional reconocido en la jurisdicción del investigador para autorizar protocolos experimentales con animales.
  • Auto-administración: el uso del producto por parte del comprador o de cualquier persona física en sí misma, por cualquier vía y bajo cualquier propósito.
  • Distribuidor autorizado: persona física o jurídica con la cual Novarik ha celebrado un acuerdo escrito específico para la comercialización de sus productos en una jurisdicción determinada, conforme a los términos y condiciones acordados en dicho instrumento. La calidad de Distribuidor Autorizado no se presume ni se infiere de relaciones comerciales generales.

4. Alcance de la política

Esta política obliga, en lo que corresponda a cada uno, a las siguientes personas:

  • los compradores que adquieren un producto de Novarik por cualquier canal habilitado;
  • las instituciones de investigación, empresas de biotecnología y demás entidades en cuyo nombre o representación se realiza una compra;
  • los distribuidores autorizados, conforme al acuerdo escrito celebrado con Novarik;
  • todos los agentes, empleados, colaboradores, estudiantes y asistentes con acceso operativo al producto en el ámbito del comprador o de la entidad de investigación.

El ámbito territorial de la política comprende tanto la jurisdicción donde Novarik tiene su asiento (New Mexico, Estados Unidos) como la jurisdicción de residencia del comprador. Las obligaciones que asume el comprador conforme a este documento permanecen vigentes aún después de finalizada cada operación, en la medida en que se refieran a hechos ocurridos durante la vigencia de la relación comercial o a obligaciones cuya naturaleza presuponga continuidad.

El detalle de las condiciones aplicables a la reventa entre colaboradores del mismo proyecto, a los investigadores independientes sin afiliación institucional formal y a la manipulación del producto por parte de estudiantes y asistentes en el laboratorio se desarrolla en la sección 8.

5. Statement RUO Novarik

Toda comercialización de productos de Novarik se rige por la siguiente declaración, que aplica simultáneamente al etiquetado físico del producto y a las condiciones contractuales de la operación:

FOR RESEARCH USE ONLY — NOT FOR HUMAN OR VETERINARY DIAGNOSTIC OR THERAPEUTIC USE

Producto exclusivamente para uso en investigación científica de laboratorio. No autorizado para uso diagnóstico ni terapéutico, humano ni veterinario.

La frase en inglés es la versión canónica del statement, alineada con el uso histórico de la industria research-grade. La glosa en español es operativa y vinculante para los efectos de esta política. Ambas versiones tienen idéntico valor interpretativo: ninguna prevalece sobre la otra, y deben leerse de manera consistente.

Cualquier acuerdo, comunicación, etiquetado, instrucción de uso o condición particular que se aparte del statement RUO carece de efecto contra Novarik, salvo que conste por escrito, suscripto por representante autorizado de la empresa, y emitido en el marco de un instrumento contractual específico con el comprador, conforme a las exigencias de los Términos y Condiciones.

6. Usos permitidos

Los productos de Novarik pueden ser utilizados exclusivamente para las siguientes actividades de investigación científica:

  • investigación in vitro: ensayos en cultivos celulares, líneas celulares inmortalizadas, fracciones subcelulares, sistemas reconstituidos y preparaciones libres de células;
  • experimentación con modelos animales bajo protocolos aprobados por un IACUC u órgano equivalente reconocido en la jurisdicción del investigador;
  • desarrollo experimental en el marco de proyectos de investigación con metodología documentada y propósito de generación de conocimiento;
  • validación de métodos analíticos, incluyendo cromatografía líquida de alta resolución (HPLC), espectrometría de masas y técnicas de cuantificación equivalentes;
  • ensayos pre-clínicos no humanos enmarcados en programas de investigación con propósito y metodología documentables;
  • estudios farmacológicos in vitro o ex vivo, incluyendo ensayos de afinidad, eficacia funcional, estabilidad y caracterización fisicoquímica.

La enumeración anterior es de carácter cerrado: los usos no expresamente comprendidos en ella se consideran no permitidos por defecto. Cualquier uso novedoso que el comprador considere alineado con el espíritu RUO debe ser consultado previamente con Novarik a la dirección legal indicada en la sección 17.

7. Usos prohibidos

Los siguientes usos están expresamente prohibidos. Su realización configura incumplimiento grave de la presente política y habilita las consecuencias previstas en la sección 14.

7.1. Auto-administración

Queda expresamente prohibido el uso del producto en sí mismo por parte del comprador o de cualquier persona física, por cualquier vía y bajo cualquier propósito. La auto-administración no constituye investigación científica conforme a la definición de la sección 3 y se considera un apartamiento integral del marco RUO.

7.2. Animales sin comité de ética aprobado

Los experimentos con animales requieren, sin excepción, un protocolo previamente aprobado por un IACUC u órgano equivalente reconocido en la jurisdicción del investigador. La utilización de los productos en animales sin protocolo aprobado, fuera del alcance del protocolo aprobado o en condiciones que no satisfagan los requisitos éticos del comité responsable se encuentra prohibida.

7.3. Investigación clínica humana

Queda expresamente prohibido el uso de los productos de Novarik en cualquier protocolo de investigación clínica con seres humanos. La prohibición rige aún cuando exista aprobación por parte de un Institutional Review Board (IRB), Comité de Ética en Investigación o instancia equivalente local. La falta de cumplimiento con los estándares de calidad farmacéutica exigibles a una droga en investigación clínica humana hace incompatible cualquier uso de los productos en ese contexto.

7.4. Otros usos prohibidos

Asimismo, quedan prohibidos:

  • la administración a seres humanos por cualquier vía y bajo cualquier propósito clínico, terapéutico, diagnóstico, cosmético, dietario, alimenticio o de bienestar personal;
  • la reformulación del producto para venta minorista al consumidor final;
  • la distribución no autorizada a terceros sin la documentación apropiada de transferencia entre entidades de investigación;
  • el uso del producto como vía para evadir regulación sanitaria, aduanera o de comercio exterior aplicable;
  • la transferencia, reventa o cesión a personas o entidades respecto de las cuales el comprador conozca o deba conocer que las usarán fuera del marco RUO descripto en este documento.

8. Elegibilidad del comprador

Pueden adquirir productos de Novarik:

  • los investigadores calificados, conforme a la definición de la sección 3;
  • las instituciones académicas, laboratorios independientes, empresas de biotecnología y organizaciones con actividad de investigación científica documentable;
  • los profesionales de la salud que adquieran el producto con propósito de investigación, en el marco de un proyecto verificable y no para uso clínico;
  • los distribuidores autorizados, dentro del alcance del acuerdo escrito celebrado con Novarik.

Las situaciones que se describen a continuación no se encuentran prohibidas como tales, pero quedan sujetas a las condiciones razonables que en cada caso correspondan.

8.1. Reventa entre colaboradores del mismo proyecto

El comprador puede compartir o transferir el producto, sin propósito de lucro y bajo condiciones de cadena de custodia trazable, con colaboradores del mismo proyecto de investigación o de proyectos coordinados, siempre que estos cumplan los requisitos de elegibilidad de esta política y que el uso final permanezca dentro del marco RUO. Esta hipótesis no constituye reventa comercial y no requiere autorización adicional, sin perjuicio de la obligación del comprador de mantener registro interno de la transferencia.

8.2. Investigadores independientes sin afiliación institucional formal

Los investigadores independientes que carezcan de afiliación a una institución reconocida pueden adquirir productos de Novarik, siempre que acrediten propósito de investigación, capacidad técnica e infraestructura adecuadas. Novarik puede requerir documentación de respaldo conforme a la sección 9.

8.3. Estudiantes y asistentes en el laboratorio

Los estudiantes, asistentes y demás personal de apoyo en el laboratorio pueden manipular el producto bajo la supervisión del investigador principal responsable, quien asume la responsabilidad por el uso conforme a la presente política. La manipulación por parte de estos agentes no transfiere a su persona la calidad de comprador ni los habilita a realizar adquisiciones por cuenta propia con base en este documento.

9. Verificación de elegibilidad

9.1. Declaración expresa al checkout

Toda compra realizada a través del sitio requiere, al momento del checkout, la aceptación expresa de la siguiente declaración por parte del comprador:

«Declaro que adquiero estos productos exclusivamente para investigación científica conforme a la Política RUO de Novarik.»

La declaración se instrumenta mediante una casilla de verificación específica que el comprador debe activar de manera consciente, sin pre-tildado ni aceptación implícita. La implementación técnica de esta casilla queda diferida al portado del sitio a su plataforma de comercio electrónico definitiva. Hasta que dicha implementación técnica esté disponible, el requisito sustantivo de la declaración rige igualmente: la realización efectiva de una orden por cualquier canal habilitado de Novarik (sitio web, correo electrónico, formulario de contacto, comunicación directa con representantes comerciales o cualquier otro medio de aceptación) constituye declaración tácita por parte del comprador del reconocimiento del marco RUO descripto en este documento, con idéntico valor que la declaración expresa al checkout.

9.2. Documentación complementaria

Sin perjuicio de la declaración del punto 9.1, Novarik podrá requerir documentación complementaria de afiliación institucional, licencia profesional o credenciales equivalentes cuando concurra alguna de las siguientes circunstancias:

  • la orden supere un umbral monetario o cuantitativo que Novarik defina internamente, evaluado en función del perfil de riesgo de la operación;
  • existan indicios razonables, derivados del comportamiento del comprador, de la naturaleza de la consulta o de la información disponible, de un uso fuera del marco RUO;
  • lo exija la legislación aplicable en la jurisdicción del comprador, en la jurisdicción de Novarik o en la jurisdicción de tránsito del producto;
  • la naturaleza del compuesto requerido lo amerite por su perfil regulatorio especial, conforme a las categorías descriptas en la sección 10.

La negativa o imposibilidad del comprador de proveer la documentación requerida faculta a Novarik a rechazar la orden o a suspenderla mientras se sustancie la verificación, conforme a lo previsto en la sección 5 de los Términos y Condiciones.

10. Estado regulatorio de los productos

El catálogo de Novarik comprende compuestos con perfiles regulatorios heterogéneos. Esta sección agrupa los productos en cuatro categorías y describe el estado fáctico actual de cada una, con el propósito de informar al comprador y de evitar interpretaciones equívocas. La información que sigue refiere al momento de redacción de esta política y se actualiza con cada nueva versión.

10.1. Agonistas del receptor de GLP-1

Comprende los siguientes compuestos: Tirzepatide (comercializado bajo las marcas Mounjaro y Zepbound por su licenciatario), Semaglutide (comercializado bajo las marcas Ozempic, Wegovy y Rybelsus por su licenciatario) y Retatrutide.

Tirzepatide y Semaglutide cuentan con principios activos aprobados por la FDA bajo las marcas indicadas para indicaciones específicas. Los productos research-grade de Novarik no son equivalentes farmacéuticos de aquellas marcas, no se comercializan como medicamentos y no autorizan uso humano de ninguna naturaleza. Los marcos regulatorios FDA aplicables a estos compuestos incluyen orientaciones específicas sobre la elaboración por compounding y sobre el etiquetado «research-only», que Novarik observa al diseñar su política RUO.

En el caso de Retatrutide, el producto se vende exclusivamente como compuesto research-grade. El laboratorio originador tiene una New Drug Application (NDA) en fase de revisión ante la FDA al momento de redacción de esta política, sin marca aprobada disponible en el mercado.

10.2. Compuestos en re-evaluación FDA PCAC

Comprende los siguientes compuestos: BPC-157, Melanotan II, TB-500 (Thymosin Beta-4), AOD-9604, N-Acetyl Semax Amidate, N-Acetyl Selank Amidate y Thymosin Alpha-1.

Estos compuestos se encuentran sujetos a procesos de revisión por parte del Pharmacy Compounding Advisory Committee (PCAC) de la FDA, en el marco del análisis de las Bulk Drug Substances Nominated for Use in Compounding bajo las secciones 503A y 503B del Federal Food, Drug, and Cosmetic Act. El cronograma de revisión es público y se desarrolla a lo largo de 2026 y 2027. Esta política no anticipa el resultado de dichas revisiones ni interpreta su sentido: se limita a describir el estado fáctico actual y a recordar que su evolución puede modificar el marco regulatorio aplicable.

10.3. PT-141 (Bremelanotide)

El principio activo Bremelanotide cuenta con una variante aprobada por la FDA bajo la marca Vyleesi por su licenciatario, autorizada para una indicación específica relacionada con el deseo sexual hipoactivo en mujeres premenopáusicas. El producto research-grade de Novarik no es equivalente farmacéutico de Vyleesi, no se comercializa como medicamento y no autoriza el uso fuera de etiqueta de la marca aprobada. Su distribución se rige íntegramente por el statement RUO de la sección 5.

10.4. Resto del catálogo bajo Política RUO general

Comprende los siguientes compuestos: GHK-Cu, NAD+ (Nicotinamida Adenina Dinucleótido), Glutathione, N-Acetyl Epitalon Amidate, Pinealon y agua bacteriostática. Estos productos no presentan, al momento de redacción, una categorización regulatoria especial conocida que los aparte del marco general descripto en esta política. Su comercialización se rige por las cláusulas comunes de uso restringido a investigación científica, sin perjuicio de la obligación del comprador de cumplir las regulaciones locales aplicables en su jurisdicción.

11. Cumplimiento regulatorio internacional

Los productos de Novarik no están aprobados para uso humano, veterinario, alimenticio, cosmético, terapéutico ni diagnóstico por la Food and Drug Administration (FDA, Estados Unidos), la European Medicines Agency (EMA, Unión Europea), la Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnología Médica (ANMAT, Argentina), la Comisión Federal para la Protección contra Riesgos Sanitarios (COFEPRIS, México), el Instituto de Salud Pública (ISP, Chile), el Instituto Nacional de Vigilancia de Medicamentos y Alimentos (INVIMA, Colombia), la Agência Nacional de Vigilância Sanitária (ANVISA, Brasil) ni por ninguna otra autoridad sanitaria regulatoria del mundo.

Adicionalmente, ninguno de los compuestos del catálogo de Novarik se encuentra incluido en los Schedules I a V de la Controlled Substances Act de los Estados Unidos administrada por la Drug Enforcement Administration (DEA). Esta circunstancia no implica autorización alguna para uso humano: la regulación del uso clínico, terapéutico, dietario o cosmético de estos compuestos se rige por la Food, Drug, and Cosmetic Act y por las regulaciones equivalentes de cada jurisdicción, no por la Controlled Substances Act.

El cumplimiento de las normas de importación, las eventuales retenciones aduaneras, los aranceles, las tasas y la documentación de internación del producto en el país de destino son responsabilidad exclusiva del comprador, conforme a lo previsto en la sección 7 de los Términos y Condiciones.

12. WADA y deporte regulado

La World Anti-Doping Agency (WADA) publica anualmente la «Prohibited List», que enumera las sustancias y métodos prohibidos en el deporte regulado. La información que sigue refiere a la Lista Prohibida 2026 vigente desde el 01 de enero de 2026, según la versión publicada por WADA en su sitio oficial.

Compuestos del catálogo de Novarik prohibidos en la Lista 2026:

  • BPC-157 — categoría S0 (sustancias no aprobadas por ninguna autoridad regulatoria gubernamental para uso terapéutico humano).
  • TB-500 (Thymosin Beta-4) — categoría S2.3 (factores de crecimiento y moduladores de factores de crecimiento; la lista enumera explícitamente la «Thymosin-β4 and its derivatives»).
  • AOD-9604 — categoría S2.2.3 (fragmentos de hormona de crecimiento).

Compuestos del catálogo en programa de monitoreo WADA 2026 (no prohibidos, pero con marcadores monitoreados dentro y fuera de competencia):

  • Tirzepatide
  • Semaglutide

Compuestos del catálogo en zona interpretativa (no listados explícitamente, potencialmente alcanzados por la cláusula residual de la categoría S0 según el estado regulatorio del compuesto):

  • Retatrutide (por su estado de compuesto sin aprobación de autoridad regulatoria gubernamental al momento de redacción)
  • Melanotan II

Compuestos del catálogo no listados en la Lista 2026 ni en programa de monitoreo: GHK-Cu, Thymosin Alpha-1, N-Acetyl Epitalon Amidate, Pinealon, NAD+, Glutathione, N-Acetyl Semax Amidate, N-Acetyl Selank Amidate y PT-141 (Bremelanotide).

Conforme al statement RUO de la sección 5, los productos de Novarik no están destinados a uso humano de ninguna naturaleza, incluyendo aplicación en personas que participen en deporte regulado. La información WADA descripta en esta sección se proporciona con propósito informativo y de cumplimiento por parte del investigador profesional, no como autorización ni habilitación para uso humano de los productos. La Lista Prohibida WADA se actualiza anualmente y puede ser modificada en el curso del año por decisiones de la propia agencia. Cualquier persona que, en contravención de esta política, utilice los productos en personas físicas asume responsabilidad exclusiva por las consecuencias regulatorias y antidopaje aplicables.

13. Responsabilidades del comprador

Al adquirir productos de Novarik, el comprador asume las siguientes responsabilidades:

  • Cumplimiento normativo local: conocer y cumplir las leyes y regulaciones aplicables en su jurisdicción de residencia respecto de la adquisición, importación, posesión, manipulación y uso de compuestos de grado investigación.
  • Cumplimiento integral de la Política RUO: respetar el alcance descripto en esta política y abstenerse de cualquier uso comprendido en la sección 7.
  • Conservación adecuada del producto: mantener las condiciones de almacenamiento indicadas en el COA del lote correspondiente, incluyendo cadena de frío cuando ello aplique, protección de la luz y control de humedad.
  • Trazabilidad del uso: mantener un registro interno razonable de quién utiliza el producto, en el marco de qué experimento o protocolo y bajo qué autorización ética cuando ello sea exigible.
  • Comunicación con Novarik: informar a la dirección legal indicada en la sección 17 cualquier incidente, hallazgo inesperado o desviación material del uso previsto que pudiera revestir relevancia regulatoria, de seguridad o de cumplimiento.
  • Capacitación del personal: asegurar que los agentes, empleados, estudiantes y asistentes con acceso operativo al producto cuenten con la capacitación adecuada para su manipulación segura y conforme a esta política.

13.1. Disposición final

El comprador asume la responsabilidad exclusiva de la disposición final del producto y de sus residuos conforme a las normas aplicables de manejo de residuos químicos y biológicos en su jurisdicción. Novarik no recibe productos devueltos para disposición final, salvo en el contexto del proceso de devolución previsto en la sección 9 de los Términos y Condiciones.

14. Consecuencias del incumplimiento

El incumplimiento de cualquier disposición de esta política habilita a Novarik a adoptar, según la gravedad del caso y a su criterio razonable, una o varias de las siguientes medidas:

  • cancelar de manera inmediata la orden en curso, con devolución del importe abonado en la medida en que ello resulte procedente y razonable;
  • cancelar la cuenta del comprador, cuando exista cuenta registrada en el sitio o en una plataforma equivalente;
  • suspender el procesamiento de futuras órdenes del comprador o de la entidad de investigación a la que este pertenezca;
  • denunciar el hecho ante las autoridades competentes cuando el incumplimiento configure delito o infracción regulatoria local en la jurisdicción aplicable;
  • iniciar las acciones civiles, comerciales, administrativas y penales que correspondan para la defensa de los derechos de Novarik y de los terceros afectados, conforme a la legislación aplicable.

14.1. Indemnización inversa

El comprador acepta indemnizar y mantener indemne a Novarik, sus directivos, empleados, agentes y proveedores frente a cualquier reclamo, demanda, sanción, costo, gasto u honorario legal originado en el incumplimiento de esta política. Esta cláusula complementa lo previsto en la sección 11.1 de los Términos y Condiciones; en caso de conflicto entre ambas redacciones, prevalece la que resulte más amplia en favor de Novarik dentro de los límites de la legislación aplicable de manera imperativa.

Cuando el comprador actúe en nombre o representación de una entidad de investigación, esta última responde solidariamente por las consecuencias del incumplimiento, en los términos del derecho aplicable.

15. Relación con Términos y Política de Privacidad

La presente política se integra al sistema documental de Novarik. Sus disposiciones deben interpretarse de manera coherente con los Términos y Condiciones y con la Política de Privacidad. En particular:

  • la sección 3 de los Términos (Naturaleza de los productos) recibe en este documento su desarrollo operativo y su detalle de cláusulas;
  • la sección 4 de los Términos (Elegibilidad del comprador) se profundiza en las secciones 8 y 9 de esta política;
  • la sección 11 de los Términos (Limitación de responsabilidad) no se deroga por esta política; ambas se complementan en su alcance, conforme a lo previsto en la cláusula 14.1;
  • la sección 1 de la Política de Privacidad identifica al mismo responsable y los mismos canales de contacto que la presente política.

En caso de conflicto material entre las disposiciones de los tres documentos, prevalece la cláusula más restrictiva de los derechos del comprador, dentro del límite que imponga la legislación aplicable de manera imperativa en favor del consumidor cuando este actúe como tal.

16. Modificaciones

Novarik puede modificar la presente Política RUO en cualquier momento, en función de cambios en el marco regulatorio aplicable, en la composición del catálogo, en las prácticas operativas o por consideraciones de mejora del documento.

Las modificaciones se publican en esta misma página, con actualización del campo «Última actualización» y con incremento del número de versión. Las órdenes confirmadas al momento de la modificación se rigen por la versión de la política vigente al momento de su confirmación. La realización de nuevas órdenes después de publicada una modificación implica aceptación de la nueva versión.

Se recomienda al comprador revisar periódicamente esta página, especialmente antes de cada nueva orden y cuando se trate de compuestos comprendidos en las categorías descriptas en la sección 10.

17. Contacto

Para consultas vinculadas a esta política, ejercicio de derechos contractuales asociados, notificaciones formales o cualquier comunicación relacionada con el marco RUO de los productos de Novarik:

  • Razón social: Novarik LLC
  • Estado de constitución (state of formation): New Mexico, Estados Unidos de América
  • Email legal: legal@novarikcorp.com
  • Email comercial B2B: cfuentes@novarikcorp.com (Sales Executive)
  • Email del responsable de protección de datos (DPO): privacy@novarikcorp.com (cuando se trate de datos personales asociados a una consulta sobre esta política)

Versión 1.0 · Última actualización 07 may 2026 · Vigente desde 07 may 2026.

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Research Grade. Pureza verificada. Enviado desde EE.UU. Compuestos para uso exclusivo en investigación científica.

Producto exclusivamente para uso en investigación científica de laboratorio. No autorizado para uso diagnóstico ni terapéutico, humano ni veterinario.

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Verificación de Acceso

Este sitio está destinado exclusivamente a profesionales e investigadores. Los productos son para uso en investigación únicamente, no para consumo humano.

Al ingresar, aceptás nuestros Términos y Condiciones y reconocés que los productos de Novarik Corporation son compuestos químicos para fines de investigación científica. Novarik Corporation es una empresa registrada en EE.UU. como proveedora de reactivos para investigación.

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